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Registro electrónico

0306 - Solicitud de Tubería Cuneta

Solicitud de autorización para la instalación de una tubería por la cuneta del camino/nos de servicio de la Comunidad de Regantes Campo de Cartagena.

El propietario de la/s parcela/s

PRESENCIALMENTE

El modelo debe descargarse y despues de cumplimentarlo y firmarlo se puede presentar en el registro general de la Comunidad de Regantes Campo de Cartagena.

ELECTRÓNICAMENTE

También se puede presentar en esta sede electrónica, junto con la documentación que se requiera en cada caso. Si se quiere utilizar esta vía es necesario que el peticionario se identifique previamente en la propia sede a través de los medios previstos en la misma y a continuación siga los pasos para incorporarla al registro electrónico.

  • Formulario de solicitud
  • Deberá acompañar proyecto visado o una memoria visada especifica acompañada de planos de localización y de descripción de la obra y de afecciones a la Comunidad de Regantes.
  • Ficha catastral
  • Deberá presentarse aval o fianza,según acuerde la comisión de obras.

En ninguno caso,las obras solicitadas,podrán ocupar o discurrir sobre los elementos hidráulicos o viales de esta Corporación (Caminos de servicio,tuberías,arquetas,etc).

ORDENANZAS:

ARTICULO 75.- Nadie podrá ejecutar obras,trabajo o construcción alguna en las tomas,conducciones,desagües,caminos de servicio y demás instalaciones hidráulicas de la Comunidad,así como sobre sus conducciones subterráneas,sin la previa autorización del Sindicato y en las condiciones que este órgano establezca. Igualmente sin ese permiso,nadie podrá ejecutar obras de vallado o cercado de las cuales resulte impedido el acceso a los referidos elementos de la red hidráulica de la Comunidad.

ARTICULO 86.- Incurrirán en falta sancionable con multa de hasta 18.000 euros,que se graduará a juicio del Jurado atendidas las circunstancias que en el hecho concurrieran y los daños y perjuicios ocasionados a los demás regantes o a la Comunidad:1º Al que practique abrevaderos u obras similares en las tomas de agua,aunque no obstruya ni perjudique la conducción,ni ocasione daño alguno. 2º Al que sin la pertinente autorización conduzca por las instalaciones de la Comunidad aguas ajenas a la misma,o al que de cualquier forma,ensucie,obstruya o deteriore la tomas de agua,conducciones,desagües,o,en general,cualquiera de las obras o instalaciones hidráulicas de la Comunidad,así como sus caminos de servicio. 3º Al que sin autorización de la Comunidad,o incumpliendo las condiciones que le fueren exigidas,ejecute obras de vallado o cercado,de las cuales resulte impedido el acceso directo a los referidos elementos de la red hidráulica de la Comunidad de Regantes. 4º Al que ejecute obras,trabajos o instalación alguna en las tomas,conducciones,desagües,caminos de servicio y demás instalaciones hidráulicas de la Comunidad,así como sobre sus conducciones subterráneas,sin la previa autorización del Sindicato,o incumpliendo las condiciones que le hubieran sido exigidas


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